Políticas
de fondo para el sector:
Nos
parece importante como fundamento a promover las políticas de fondo dos ejes
1- el
reconocimiento como sujeto al trabajador auto gestionado tanto del punto de
vista legal como económico
2-la
construcción de una legislación que priorice
a las ERT Y COOP como unidades
productivas , donde nos permita salir de la marginalidad en general.
-
Compre del Estado:
Sólo el 8,6 % de las cooperativas le vende al Estado. (Datos
Facultad Abierta). Es necesario impulsar que: 1) ante licitaciones se facilite el acceso a autogestionadas a los pliegos, esto implicaría reducir las trabas burocráticas y económicas para poder entrar en la licitación.
2) establecer prioridad a las autogestionadas en las licitaciones (en la formulación del proyecto “INCORPORACIÓN DE LAS EMPRESAS RECUPERADAS, SOCIEDADES COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES AL REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS, LLAMADO “COMPRE TRABAJO ARGENTINO” E INTRODUCCION DE OTRAS MODIFICACIONES A LA LEY 25.551” se presenta así: “Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1º a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas, para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados hasta un siete por ciento (7 %), cuando dichas ofertas sean realizadas por:
a) Las empresas calificadas como PyMEs;
b) Las empresas y fábricas recuperadas en el
ámbito de la República Argentina, declaradas de utilidad pública en el marco
del régimen legal vigente de su jurisdicción
c) Las cooperativas;
d) Las sociedades laborales creadas en el
marco del Decreto del P.E.N. 1406/2001
La
misma preferencia se otorgará cuando las ofertas sean realizadas por otras
empresas y su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no
sean de origen nacional, incrementados hasta un cinco por ciento (5%).Cuando hubiese concurrencia de ofertas, tendrán preferencia las realizadas por las empresas descriptas en los incisos a), b), c) y d) por sobre las ofertas realizadas por otras empresas.”
3) Las compras que no superen determinado monto y que puedan salir con un trámite administrativo y sin licitación que se hagan a cooperativas autogestionadas en un mayor porcentaje que el actual (que por cierto es ínfimo).
4) Para el punto anterior que el Estado (nacional, provincial, municipal) tenga un registro de autogestionadas que pueden ser proveedoras, donde se consigne tipo de productos que se elaboran y servicios que brindan y, por otro lado, precios estimados.
5) Establecer algún régimen de contralor en el manejo de licitaciones en las que participan las autogestionadas, que permita a los trabajadores de estas fiscalizar el proceso de compras del Estado
- Expropiación
de las unidades productivas
Situación actual:
Mientras que el informe del 2005 concluía que “…hasta
el momento sigue siendo mayor la cantidad de ERT que no han obtenido
expropiación, y estas, en la totalidad de los casos, son temporarias”; los
datos actuales demuestran que el 63% de las ERT encuestadas obtuvieron la
expropiación a favor de la cooperativa, y que el 19% de estas expropiaciones
aparece como “definitivas”. El entrecomillado de la expropiación definitiva
refiere a la confusa situación de las ERT de la Ciudad de Buenos Aires que se
encuentran bajo la ley 1529/04, que se presenta bajo esa modalidad y que en su
absoluta mayoría no ha avanzado en lo más mínimo sobre ese supuesto carácter
definitivo de la expropiación. Sancionada durante el gobierno de Aníbal Ibarra,
la ley pasó el final de su mandato, el provisional de Jorge Telerman y lo que
lleva el de Mauricio Macri sin que fuera reglamentada ni mucho menos fuera
pagado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad el monto de las indemnizaciones
correspondientes. Por lo tanto, ese estatuto “definitivo” adolece de la misma
precariedad que las otras expropiaciones, llamadas temporarias. La excepción
pareciera ser el caso de Zanón en la provincia de Neuquén, donde se votó en
2009 una ley de expropiación que contempla el pago en 20 años de la
expropiación por la cooperativa. En cuanto a las temporarias, la situación
también es confusa, especialmente en la Provincia de Buenos Aires, donde la
ausencia de pago, al igual que en la Ciudad, convierte en reversibles a las
leyes por el mecanismo llamado de “expropiación inversa”, mediante el que
antiguos dueños o acreedores reclaman frente al no pago de las obligaciones por
parte del Estado.
En el gráfico 10 podemos observar esta
diversidad de situaciones legales con respecto a la propiedad. Es destacable
que, además de los casos de expropiación a favor de la cooperativa (sumando
temporarias y “definitivas”), hay casi un 5% que permanece bajo ocupación (es
decir, sin ningún tipo de resolución legal) y un 10% que logró algún tipo de
acuerdo, tanto con el juzgado de la quiebra como con la antigua patronal.
Gráfico 10. Estado legal de la empresa con
respecto a la propiedad (en %). Base:
Muestra ERT. N: 85.
Excluyendo a los casos donde hubo una compra
(un escaso 2%) y donde hubo acuerdos que no hicieron necesario el recurso, las
alternativas de expropiación se distribuyen como lo indica el gráfico 11:
Gráfico 11. Situación con respecto a la
expropiación (en %). Base: Muestra ERT.
N: 85.
Volviendo a las particularidades de las leyes
de expropiación, en la mayoría de los casos, por su parte, las leyes contemplan
la expropiación de inmuebles y maquinarias, y en un notable 38% se expropió
también el uso de la marca. Sólo en un 22% se incluyó la materia prima que
hubiera quedado en las instalaciones para ser usadas por la cooperativa.
Otro dato a tener en cuenta es en qué momento
se obtuvieron las expropiaciones, como se ve en el gráfico 12. Es notorio que
entre los años 2002 a 2004 figuran el 45,76%; y entre el 2005 al 2007 el
28,81%. Para el período posterior al año 2007 sólo se registra un 6,7%
(equivalente a 4 casos de la muestra de 85) aunque comenzaron su actividad el
11% de las ERT hoy en funcionamiento. (…) se observa que muchas de las leyes de
expropiación sancionadas entre 2005 y 2007 corresponden a empresas recuperadas
surgidas en el período inmediatamente anterior, habiendo un desfasaje entre las
respectivas curvas que se corresponde con el tiempo que, por lo general,
demoran los trabajadores en conseguir la sanción de sus leyes de expropiación
(entre algunos meses y varios años) (Del informe Facultad Abierta FFyL UBA)
“Ley
nacional de expropiación de empresas recuperadas: Uno de los principales problemas que enfrentan las
cooperativas es el acceso a una forma de tenencia definitiva de la unidad
productiva. Una demanda de los movimientos de empresas recuperadas es la
necesidad de una ley nacional de expropiación de las unidades productivas. Una
alternativa sería una ley que regule la posibilidad de expropiación por parte
del Estado de empresas fallidas o declaradas en lock out patronal, con
la petición de sus trabajadores organizados bajo la forma cooperativa. El
Estado expropiaría la empresa y la entregaría en comodato a los trabajadores,
para que a partir de un plan de pagos a largo plazo accedan a su propiedad. Un
elemento importante es que los trabajadores puedan computar sus acreencias
laborales como parte de pago de las unidades productivas, ya que muchas veces,
junto al Estado, son los principales acreedores de la empresa fallida. Las
cooperativas deberían comprometerse a cambio, a realizar transferencias
(económicas, culturales, educativas) de algún tipo a la comunidad próxima a su
localización espacial, así como otorgar prioridad a los vecinos en el caso de
requerir nuevos trabajadores. De este modo se fomentaría el carácter abierto y
social de las unidades productivas” (Rebón, Salgado)
1) Expropiación definitiva de las unidades productivas recuperadas por
sus trabajadores
2) Celeridad en el proceso de expropiación (mecanismo regulatorio que
permita agilizar el proceso)
3) Rechazar el veto a las leyes de expropiación de Macri (Jefe de Gob
de la Ciudad) y Scioli (Gobernador de Buenos Aires)
4) Otros puntos pueden plantearse en términos de cambios en la
legislación (en línea con la modificación de la ley de quiebras del 2011)
profundizando los cambios y planteando una ley nacional de expropiación.
Disposición de bienes y servicios
para las unidades productivas, partiendo de un censo en relación a lo referido
a bienes inmuebles como infraestructuras instaladas en los cordones
industriales en la principales ciudades , como hacia también de bienes muebles
que el estado dispone de confiscaciones e infracciones.
-
Capacitación y asistencia técnica
• Apoyo tecnológico y de gestión: Conformar
entes mixtos entre cooperativas, gobierno, institutos tecnológicos y
universidades con el objeto de aportar en el mejoramiento tecnológico y de
gestión de las unidades productivas.
Si desglosamos a qué estamos denominando
apoyos públicos, o en qué acciones podemos diferenciar esta política pública
hacia las ERT, encontramos la preponderancia absoluta de los subsidios. El 85%
declaró haber recibido algún tipo de subsidios, y sólo el 19% de las acciones
de apoyo a las ERT se dedicó a actividades de capacitación, un 18% a
asesoramiento legal y un 14% se dio en planes sociales, por lo general en los
momentos más críticos de la ocupación y el comienzo de la actividad productiva.
Un no despreciable 32% se dispersó en otro tipo de acciones heterogéneas, entre
las que encontramos apoyo político, contactos con clientes, entrega de bolsones
de comida, apoyo en los primeros momentos con donaciones, etc., la mayoría
desde los niveles municipales o provinciales.
Gráfico 30. Tipo de apoyo recibido por parte
del Estado (en %). Base: Muestra ERT que han recibido ayuda del Estado en
cualquier nivel. N: 72. Nota: Respuestas múltiples, total más de 100%.
1) Creación de instancias de capacitación y
asistencia técnica estatales en: administración, comercialización, proceso de
trabajo, normas de calidad. Esto implicaría no solo formar a los trabajadores
para que lo hagan sino contar con equipos especializados que realicen estudios
y recomendaciones que se entregue a la unidad productiva.
2) Vinculación con universidades e
institutos tecnológicos para la generación de innovaciones tecnológicas que
contribuyan a obtener saltos cualitativos en el proceso de producción.
2) Para el diseño de planes de capacitación
y asistencia técnica creación de un consejo conformado por trabajadores del
sector de cooperativas autogestionadas, representantes de universidades y
representantes del Estado.
-
Subsidios (PTA) para el trabajador y para la
capitalización de la unidad productiva
El planteo principal sería que estamos de
acuerdo con que los subsidios al trabajador autogestionado vayan disminuyendo
en relación con otros tipos de apoyo estatal. Hoy por hoy son el principal modo
de apoyo. El tema es que esta disminución vaya dándose porque la unidad
productiva logre niveles de producción y comercialización que alcancen al 100 %
de su capacidad productiva. Este crecimiento permitiría obtener mejores retiros
para los trabajadores.
Los subsidios tanto directos como
indirectos al capital son una constante en nuestro actual patrón de
acumulación. En general el Estado direcciona recursos para contribuir a
asegurar las mejores condiciones de acumulación de capital para las grandes
empresas.
“Ya en los años 90, con un terrible costo de miseria
para millones de trabajadores, aprendimos que era verso eso de que aceptemos
perder un ingreso permanente mensual a cambio de una plata toda junta por única
vez, sencillamente porque la selva del mercado es totalmente hostil para
la supervivencia de muchísimas cooperativas frente a la competencia desigual
con los grandes empresarios, quienes sí tienen todo tipo de subsidios
permanentes y no se arrepienten de eso (entre varios otros, el subsidio REPRO,
también de $600 por cada trabajador), y quienes lógicamente, lejos de aceptar
la quita de cualquiera de esos subsidios, reclaman todo el tiempo por
más.
¿No nos merecemos nosotros también acercarnos a un
sueldo igual a la canasta familiar, actualmente en un valor de $ 5500 según las
estadísticas de la CTA? La inmensa mayoría de nuestras cooperativas está
todavía lejos de salir de la precariedad laboral. Es claramente mentira que con
un subsidio de capitalización por única vez para las cooperativas, que tampoco
es tanto dinero sino que representa apenas un 83% de lo que recibíamos durante
un año con la línea 1, sea posible incrementar la producción para acercarnos a
aquel ingreso mensual.
La línea 1 le insume al Estado aproximadamente unos
140 millones de pesos por año. El gobierno subsidia a los empresarios del
transporte con 14700 millones de pesos por año, todos los años. El REPRO, para
las empresas privadas que se declaran en crisis, insume unos 1030 millones de
pesos por año, todos los años”. (Respuesta a CNCT)
Si existiera una política integral
unificada y con coherencia, que reconozca a las cooperativas autogestionadas
como un sector de la economía y no meros paliativos que forman parte de una
política social de contención, los subsidios para la compensación del ingreso
serían cada vez menos necesarios y sólo serían necesarios en caso de necesitar
una renovación tecnológica y otros tipos de inversiones en equipamiento e
infraestructura.
Actualmente los subsidios son
circunstanciales y fragmentarios. Muchas veces depende de los propios
trabajadores buscar la vuelta para poder acceder a ellos (del Informe de
Facultad Abierta)
Los montos de los subsidios son de
magnitudes muy pequeñas comparados con los destinados a otros sectores de la
economía.
“(…)
no es posible dar a las ERT los beneficios que se dan a otros sectores de la
economía porque no cumplen con las pautas legales, pero no pueden cumplir con esos requisitos porque no se
contempla su situación particular ni se toman acciones para corregir la
precariedad jurídica en que se encuentran. Las recuperadas no pueden acceder a
los créditos que sí benefician a empresas tradicionales y los subsidios que se
le otorgan suelen ser de montos que a veces están casi en el nivel de las
microfinanzas, reforzándose así la espiral de dificultades productivas y
laborales que están en su mismo origen y fuera de la responsabilidad de sus
integrantes, en abierto contraste con los importantes subsidios que muchas
grandes empresas reciben. De esta forma, gran cantidad de ERT son condenadas
por acción u omisión a mantenerse en un umbral de subsistencia. El origen de
esta falta de presencia de las empresas recuperadas a nivel de la política económica
es, entre otras cosas, la matriz de pensamiento, formada en algunos medios
académicos, que considera a las ERT un problema de política social, sin
relación con la política económica. De esta forma, no pueden entrar a ninguno
de los planes de promoción para PYMES u otro tipo de empresa, y al ser tomadas
como conflictos laborales o sociales, sin ver su dimensión como unidades
económicas y productivas, se ven confinadas al campo, real o imaginario, de la
“economía social”. De esta manera, los organismos que las atienden no tienen
como objeto el fortalecimiento del sector autogestionada en tanto sector de la
economía, sino a solucionar o paliar el problema de la falta de trabajo
(MTEySS), a morigerar las consecuencias sociales de la desocupación que los lleva
a la recuperación (el Ministerio de Desarrollo Social) o a sostenerlas en tanto
cooperativas (INAES).
Reforzando
esa idea volvemos a remarcar lo mencionado en el capítulo 4, donde queda claro
que el grueso de las ERT que hizo inversiones en compra o mejoramiento de
maquinarias e instalaciones lo hizo al margen de la recepción de subsidios o,
en un 20%, combinando subsidios con inversión propia, demostrando que a pesar
de haber alcanzado a más del 85% de las ERT, la obtención de subsidios
estatales está bien lejos de ser su principal sostén. Sin embargo, una política
más consistente e integral ayudaría a consolidar a las empresas autogestionadas
y haría más sencillos algunos de los enormes desafíos que los trabajadores
vienen resolviendo por sí solos.”(Informe Facultad Abierta)
-
Créditos blandos (Banco de fomento cooperativo)
-
Relevamiento de infraestructura ociosa
-
Eliminación de trabas burocráticas
-
Exención impositiva (agua, luz, gas)
-
Cargas sociales asumidas por el Estado (en los primeros dos años de vida de la cooperativa) obra social,
aportes jubilatorios, seguro de vida. Ver aquí la relación con los sindicatos.
“En este sentido, de especial interés es el tema de
las incipientes relaciones entre los trabajadores de las empresas recuperadas y
las Obras Sociales de los sindicatos que prestan servicios de salud a sus
afiliados, favoreciendo así las relaciones orgánicas entre sectores de los
trabajadores de las empresas recuperadas y esos sindicatos. Como caso testigo,
es positivo que la Unión Obrera Metalúrgica preste, a través de algunas
seccionales, servicios de salud a trabajadoras y trabajadores de empresas metalúrgicas recuperadas. A pesar de
esto, resulta evidente la dificultad que tienen los sindicatos para adaptarse a
las necesidades de los trabajadores de las empresas recuperadas en materia de
salud.” Julio Godio, Director
del Instituto del Mundo del Trabajo, 20/01/04
“En la actualidad las cooperativas se regulan
a partir de la Ley N°20337/73, que tuvo como objetivo reglamentar el creciente
movimiento cooperativo y que estuvo pensada para las organizaciones
cooperativas en general, es decir, no es una ley que contemple las
particularidades de la organización colectiva del trabajo. El acceso a la seguridad
social de los trabajadores de las cooperativas de trabajo, entonces, se
reglamenta a través de dos resoluciones: la N°183/92 INAC, que establece que es
la propia cooperativa de trabajo la que debe garantizar el acceso a la
seguridad social de sus asociados, y la Resolución 784/92 de la ANSES, que
determina que como los asociados de las cooperativas de trabajo no revisten la
calidad de dependientes de la misma deben ser considerados como trabajadores
autónomos. Es decir, los trabajadores de las empresas recuperadas que se
organizan como cooperativas de trabajo para acceder a los beneficios de la
seguridad social deben enmarcarse en el régimen del monotributo. El monotributo
es un régimen tributario integrado y simplificado que unifica en un solo pago mensual
las obligaciones impositivas (IVA e impuesto a las ganancias) y provisionales
(obra social y jubilaciones). A través de la Resolución N°619/99 de la AFIP se
permite adherir a este régimen a los socios de cooperativas de trabajo. Sin
embargo, con el pago del monotributo los trabajadores (no sólo los de las
empresas recuperadas sino todos los que se enmarcan en esta figura tributaria)
no tienen acceso a todos los beneficios del sistema único de la seguridad
social29, al que sí acceden los trabajadores en relación de dependencia.
Asignaciones
familiares y otros beneficios
A través del pago del monotributo, cada
trabajador accede sólo a dos de los cinco componentes de la seguridad social:
jubilación y obra social. El pago del monotributo tampoco les da acceso al
régimen de asignaciones familiares (que contempla las asignaciones por
casamiento, nacimiento o adopción, ayuda escolar anual y mensualmente la
asignación familiar por hijo) ni al beneficio de la Asignación Universal por
Hijo, a la que sólo acceden quienes estén incluidos en el monotributo social.
Actualmente está en discusión si se va a permitir el acceso a los
monotributistas de las categorías más bajas, pero al momento de la redacción de
este informe todavía no han sido incluidos en este beneficio.
Es importante destacar que los trabajadores de
las empresas recuperadas vienen reclamando ser incluidos en el cobro de este
beneficio.30
Jubilación
Con respecto al acceso al Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA)31 de los trabajadores de las ERT es importante
destacar que en el 85% de las empresas recuperadas encuestadas hay trabajadores
jubilados o en edad de jubilarse. Si se tienen en cuenta las razones ya
analizadas que llevaron a la recuperación de estas empresas, es de esperar que
durante los últimos años bajo la gestión patronal los aportes jubilatorios
efectuados fueran nulos o, en muchos casos, realizados bajo categorías
inferiores a la que realmente pertenecían los trabajadores. Bajo estas
condiciones, a muchos trabajadores no les fueron aportados los porcentajes
correspondientes a la totalidad de los años trabajados, y por esto muchos de
quienes han alcanzado la edad jubilatoria no cuentan con la cantidad necesaria
de años aportados. Por otro lado, una vez conformada la cooperativa no tuvieron
más opción que contribuir al régimen de autónomos, con lo que cual perdieron la
categoría que tenían como trabajadores en relación de dependencia. Como
consecuencia de esto, una vez jubilados la remuneración a percibir será más
baja que la que le hubiera correspondido y, por lo general, será la mínima.
Este panorama contribuye a que algunos
miembros de ERT con edad de jubilarse o ya jubilados se vean obligados a seguir
trabajando. Si bien esta situación puede ocasionar serios problemas, es
importante recordar que estos trabajadores de edad avanzada fueron parte del
proceso de recuperación y sostuvieron los duros momentos del inicio. También se
debe remarcar que estos trabajadores cuentan con una amplia experiencia que no
debería dejarse de lado por el simple hecho de alcanzar la edad jubilatoria. De
acuerdo a los datos relevados, un 70% de estos trabajadores siguen desempeñando
las mismas funciones, en algunos casos trabajando menos horas, y un 22% se
dedica a tareas más livianas. No obstante, la existencia de trabajadores
jubilados o en edad de jubilarse (sobre todo si el porcentaje existente en una
determinada ERT es alto) puede generar algunas dificultades tanto a nivel
productivo como legal. Por un lado, un trabajador de edad avanzada no produce al
mismo ritmo que uno más joven. En estos casos los trabajadores jóvenes deben
trabajar más para compensar el déficit que se genera por la disparidad en los
ritmos de producción. Por otro lado, es difícil que los mayores de 65 accedan a
alguna cobertura contra accidentes de trabajo, ya que las aseguradoras imponen
mayores trabas –sobre todo económicas– para asegurarlos lo que les impide, en
algunos casos, seguir desempeñándose en áreas que impliquen mucho riesgo.
Seguro
de Riesgos de Trabajo
Esto es así porque el vacío legal en el que se
ven inmersas las ERT no les permite acceder a la contratación de una ART como
lo haría cualquier otra empresa. La ley Nº24.557 de Riesgo del Trabajo
establece que son los empleadores los que deben contratar el seguro. Ahora bien,
como ya dijimos, el vínculo que existe entre los trabajadores socios y la
cooperativa es de carácter asociativo, por lo que no existe relación de
dependencia laboral, la única condición que se necesita para la contratación de
una ART. En lo referente a los denominados riesgos de trabajo tanto los
trabajadores mismos como las
ERT en tanto unidades productivas se ven
perjudicadas y quedan en clara desventaja frente los asalariados y las empresas
capitalistas tradicionales. En principio, el Sistema de Riesgos de Trabajo sólo
protege a los trabajadores en relación de dependencia. Los trabajadores
“autónomos” sólo pueden acceder a algún tipo de seguro por su propia cuenta. Si
la ERT, en tanto colectivo autogestionado, toma la decisión de asegurar a cada
uno de sus trabajadores, la única opción que tiene es recurrir a la
contratación de algún tipo de seguros contra accidentes personales, los cuales
implican costos más elevados y menos beneficios para la unidad productiva que
los que ofrece una ART. Si bien el Sistema de Riesgos de Trabajo desde sus
inicios se ha demostrado ineficiente32, en tanto que no ha logrado los
resultados esperados para reducir los accidentes y enfermedades laborales, aún
así le reporta a los empleadores ciertos beneficios que las ERT no pueden
obtener. El más significativo de estos beneficios, y que acarrea serios
problemas para las empresas recuperadas, es el de los salarios caídos. Los
empleadores que tienen trabajadores asegurados por una ART pueden contratar un
reemplazo a costa de la aseguradora cuando uno de esos trabajadores debe
ausentarse a causa de una enfermedad profesional o un accidente laboral,
mientras éste sigue percibiendo su salario.
En cambio en las ERT, cuando un trabajador
debe abandonar su puesto por razones de salud, como los seguros personales no
incluyen la cobertura de salarios caídos, el resto de los trabajadores debe
redistribuir el trabajo para evitar una baja en la productividad, reducir el
retiro del conjunto o bien usar parte de sus excedentes para poder contratar
temporariamente a un sustituto hasta que el trabajador enfermo o accidentado
puede reincorporarse.
La incorporación de los trabajadores autónomos
a este sistema está mencionada en la Ley de Riesgo de Trabajo pero todavía no
está reglamentada, lo que agrega confusión y genera un vacío aún mayor respecto
de la formas de inclusión de las cooperativas de trabajo en general, y de las
empresas recuperadas en particular, dentro de este componente del sistema de
seguridad social.
Cobertura
de salud
Finalmente, el otro componente de la seguridad
social al que acceden a través del monotributo es al sistema nacional de
seguros de salud (cobertura médica).
Es importante destacar que un 29% de las
empresas relevadas tienen acceso a la cobertura médica a través de las obras
sociales sindicales, conservando los mismos derechos en la cobertura que los
que tenían cuando estaban bajo patrón.
Por otro lado, el tipo de cobertura a la que
se accede a través del monotributo es el denominado PMO (Programa Médico
Obligatorio), el cual se reduce a unas mínimas prestaciones básicas, razón por
la cual se ven obligados a abonar una suma adicional para acceder a los
servicios médicos no incluidos en él. El pago del monotributo sólo le da
cobertura al titular y para incluir al grupo familiar se debe abonar un recargo
por cada integrante de la familia al que se quiera dar cobertura.” (Informe Facultad Abierta)
-
Formación
en cooperativismo
-
Políticas
de comercialización: difusión de los productos, promoción
- Incorporación de
trabajadores
Fondo de resguardo para los trabajadores en
épocas de crisis (algo así como un seguro de crisis) Esto para evitar que se
tomen trabajadores en relación de dependencia y luego haya que despedirlos “Si
en épocas de crecimiento piensan en ampliar el número de trabajadores, cuando
sus ventas decaen o su mercado se achica no pueden aplicar la clásica receta de
los privados y despedir gente. Les queda el recurso de que cada socio se lleve
menos dinero a su casa a fin de mes, pero esto pone en crisis a la cooperativa.
En algunos casos, hay cooperativas que decidieron colectivamente hacer
suspensiones rotativas. Como sea, hay un panorama que vuelve muy complejo para
las recuperadas tomar la decisión de agregar puestos de empleo.” (tomá mate y
avivate, pág web)
PARA
ARMAR LA FUNDAMENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
- Orígenes
del sector.
Más allá de sus antecedentes más lejanos
cooperativismo en Argentina, marcar la particularidad de la historia reciente
en la conformación de este actor de la economía: la particularidad de las ERT y
coop. Autogestionadas es que se desarrollan con fuerza en el marco de una
crisis de proporciones enormes en la Argentina. Es una respuesta de los
trabajadores ante el crecimiento del desempleo y una política económica centrada
en la acumulación de capital especulativo – financiero (los 90).
“Los
principales pilares de este modelo fueron la Ley de Convertibilidad, un amplio
proceso de privatizaciones, la desregulación económica y una significativa
apertura de la economía.
La
apertura económica y el retraso cambiario determinaron un profundo proceso de
reestructuración productiva que afectó en forma heterogénea a los diferentes
sectores industriales, de servicios y agropecuarios. Por un lado, la apertura
de la economía y el tipo de cambio, hicieron imposible que muchas empresas se
mantuvieran en el mercado por la competencia externa. Otras empresas, en
cambio, procuraron modernizar los procesos productivos a través de la
incorporación de tecnología y de nuevos procesos de organización del trabajo,
reduciendo el uso del factor trabajo para enfrentar la competencia externa.
Consecuentemente se incrementaron vertiginosamente las importaciones, en
particular las correspondientes a bienes de capital.” Julio Godio, Director del Instituto del Mundo del
Trabajo, 20/01/04
- Resguardo
de capacidad productiva, contra la política de vaciamiento y desinversión de
los empresarios.
- Capacidad
de generar empleo y estabilidad / sustentabilidad de los proyectos
Según el Instituto Nacional de Asociativismo y
Economía Social (INAES), en la actualidad existen unas 240 empresas gestionadas
por 25 mil trabajadores aproximadamente
El
tercer relevamiento nacional realizado por el Programa Facultad Abierta de la
Facultad de Filosofía y Letras (UBA) sobre
las empresas recuperadas echa luz para
delimitar con números la envergadura y las características del fenómeno. El
estudio contabilizó la existencia de 205 empresas recuperadas que ocupan a
9362 trabajadores. La cifra refleja la dinámica de ese proceso socioeconómico
laboral si se lo compara con las 161 empresas y 6900 trabajadores
relevados en 2004. Un fuerte indicador sobre su vigencia como herramienta
frente a la crisis empresaria, aun en un contexto de auge económico, es que del
total un 10 por ciento se inició entre 2005 y 2007 y otro tanto con
posterioridad. Autogestión Por Esteban Magnani
- Importancia para el
desarrollo de economías regionales.
“las recuperadas se muestran como una realidad
consolidada y vital. De las 128 estimadas como existentes en el 2003, pasaron a
161 en el 2004 y a 205 en la actualidad. Aunque la mayoría están ubicadas en la
Capital Federal y el Gran Buenos Aires, en los últimos años el crecimiento se
hizo más notable en el interior del país. El relevamiento señala que la crisis
internacional generó una nueva camada de recuperadas, pero que en general lo
que se ve es un flujo estable de nuevas recuperaciones.” (toma mate y avivate,
pág web)
También hubo una extensión geográfica del fenómeno.
Esto se explica en que las recuperadas
del interior comenzaron a influir en las legislaturas locales: las primeras
expropiaciones de Santa Fe, una de las provincias con más casos, se dieron en
2004. También a que “desde el 2007 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
abandonó el apoyo a las ERT, además de que las expropiaciones en la provincia
de Buenos Aires se hicieron más difíciles y trabajosas”, evalúa Ruggeri. La
distribución de las ERT en el interior resulta desigual y no está vinculado al
grado de desarrollo industrial: Santa Fe triplica a Córdoba en cantidad de
casos pese a tener desarrollos industriales semejantes, mientras que Entre Ríos
iguala a la primera. Lo determinante, deduce el informe, es el rol de las
organizaciones de los trabajadores, sobre
todo los sindicatos, en el apoyo durante la larga etapa de lucha.
- Capacidad de ocupar
personas de difícil acceso al mercado de trabajo
Presencia mayoritaria de trabajadores mayores de 40
años (por la imposibilidad de insertarse nuevamente en el mercado de trabajo)
- Las recuperadas y proyectos
autogestionados no son cualquier tipo de resistencia a la desocupación, implica
una pelea de los trabajadores por conservar estabilidad, ser parte de la
economía formal y resguardar sus atributos productivos.
En suma, vemos una situación diferencial en
cuanto a la capacidad de realizar la reproducción social como trabajadores
estables. No obstante, en líneas generales, la recuperación ha sido exitosa en
revertir la pauperización23 (23 Sólo en una ínfima minoría de empresas la
retribución media en 2006 no alcanzaba a superar el costo de una canasta básica
de productos para una familia tipo.), y en menor medida la precarización
laboral de sus socios. Además, aun en la heterogeneidad de trayectorias
resultantes, el enriquecimiento en formación y actividades laborales y políticas,
sus mayores niveles de articulación con otras identidades sociales, y
centralmente los nuevos grados de libertad en el trabajo, representan mejoras
en su condición de vida que tienden a atravesar, con diferentes gradientes, a
toda la experiencia. Por otra parte, la atenuación o desaparición de criterios
diferenciales de retribución -al menos entre los socios- hace que aquellos
trabajadores ocupados en puestos de trabajo menos calificados vean disminuir el
riesgo de percibir ingresos que no superen el umbral de la pobreza o de la
indigencia.
En primer lugar, quisiéramos disociarnos del
señalamiento que afirma que el proceso expresa una “lógica de supervivencia”.
Como ya señalamos en trabajos precedentes (Rebón: 2007), no se trata de
“sobrevivir” de cualquier modo, sino de una forma particular de satisfacer sus
necesidades sociales. Se pretende satisfacer las mismas a partir de la
actividad como trabajador, personificando un oficio o un espacio ocupacional, y
una relación con una localización productiva concreta. En el sentido mentado de
los actores la recuperación aparecía como una forma de evitar tener que “vivir
de los planes sociales”, el “cartoneo” o el “robo”. No se buscaba sobrevivir a
secas, sino reproducir una identidad social aunque para hacerlo debieran
transformar el carácter de su relación laboral dejando de ser asalariados
(Rebón y Salgado)
- Iniciativa de los trabajadores para aumentar el uso de la capacidad instalada y la renovación tecnológica de las empresas
Si bien los relevamientos de 2002 y 2004 indicaban que con el paso del tiempo había un aumento significativo de la utilización de la capacidad instalada, el último indica un freno. Un 60 por ciento de las recuperadas tiene entre 20 y 60 por ciento de aprovechamiento de su capacidad, mientras que sólo 7 por ciento utiliza más del 80 por ciento. La explicación de los investigadores de la facultad es que los trabajadores tienen dificultad de reinsertarse en el mercado (52 por ciento), contra los estudios anteriores que indicaban como principal obstáculo la falta de materia prima y el estado de las maquinarias. En este sentido, un 70 por ciento de las cooperativas aseguraron contar con maquinaria en buen estado y un 59 por ciento invirtió en mejorarla o en incorporar nueva. El 60 por ciento de las cooperativas lo hicieron con ahorro propio. La incertidumbre legal actúa como freno para seguir invirtiendo.
- Ejercicio de una forma alternativa de gestión de la producción, relaciones democráticas contra el mando despótico del capitalista
Una cuestión no menor de las ERT es la forma en la que se toman las decisiones, su rasgo distintivo cuando se lo compara con las empresas tradicionales. El 88 por ciento asegura que mantiene asambleas regularmente. El 44 por ciento tiene una asamblea por semana y otro 35, al menos una vez por mes. Esta horizontalidad también se ve reflejada en los ingresos: en aquellas en las que todos trabajan la misma cantidad de horas, el 73 por ciento se lleva el mismo “retiro” (equivalente a un salario en una cooperativa). En los casos en los que no cobran lo mismo, un 33 por ciento lo explica por las diferencias en el tipo de tarea y un 30 por ciento por la cantidad de horas trabajo.
- Vínculos con la comunidad y legitimidad de la lucha del sector
Defensa comunitaria de las unidades
productivas, más allá de los trabajadores de las fábricas y empresas, otros
sectores que intervienen en la defensa de las unidades productivas. Legitimidad
del reclamo “De hecho, esta medida se consigue en base a un
proceso de amplia movilización pública, donde es fundamental la presencia de
asambleas barriales, organización de desocupados, sindicatos disidentes y
partidos de izquierda junto a la comunidad próxima a las fábricas. Su logro,
podemos afirmar, muestra el grado de legitimidad pública sobre la
reivindicación de recuperación.
En el poder legislativo, ejecutivo e incluso en la opinión pública reflejada en
los medios de comunicación masivos son escasas las voces contrarias a ella”.
Javier Ghibaudi (IPPUR-URFJ)
Otro rasgo distintivo de las recuperadas es su relación
con la comunidad. El 35 por ciento alberga eventos culturales y otro tanto
actividades educativas. Por otro lado el 30 por ciento hace donaciones y un 24
por ciento colabora con organizaciones del barrio.